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Programa interno de protección civil - SRIA00049

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Fecha última Actualización: 09/06/2026
Objetivo del Trámite
Expandir/Contraer
  • Mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre. Se deberá de presentar el Programa Interno de Protección Civil apegado a los lineamientos de las guías que ofrece esta Coordinación Municipal de Protección Civil.

Dependencia o Entidad
Expandir/Contraer
  • Secretaría - Protección Civil
Documentación a adjuntar
Expandir/Contraer
    • Documentación básica
      • Evidencia de mantenimientos preventivos y correctivos a extintores, medios de detección de incendios, instalaciones eléctricas, instalaciones de gas. (adjuntar formato .pdf)
    • En caso de ser Grado de Riesgo de Incendio Ordinario
      • Programa Interno de Protección Civil (adjuntar en formato .pdf).
      • Acta Constitutiva de la Unidad Interna de Protección Civil (adjuntar en formato .pdf).
      • Plano(s) legible(s) con: datos generales, nombre y firma de quien lo elabora, colindancias, acotaciones, escalas, altura; señalética legible de: extintores, sistema de detección (de incendio), sistema de alarma, luz de emergencia, botiquín, ruta de evacuación,
      • Hojas de datos de seguridad de productos químicos (adjuntar en formato .pdf).
      • Evidencia de Capacitación vigente (1 año) (adjuntar en formato .pdf).
      • Evidencia de Simulacros (adjuntar en formato .pdf).
      • Carta de corresponsabilidad en el caso de terceros acreditados/Consultores externos (adjuntar en formato .pdf).
      • Registro del tercer acreditado Consultor/Capacitador ante la Coordinación Estatal de Protección Civil (adjuntar en formato .pdf).
    • En caso de ser Grado de Riesgo de Incendio Alto
      • Planos del sistema fijo contra incendio y rociadores (adjuntar en formato .pdf).
      • Plano con detalle de Hidrante de banqueta conectado a la red municipal de agua (adjuntar en formato .pdf).
      • Memoria de cálculo del sistema fijo contra incendio con la curva específica de cada bomba (adjuntar en formato .pdf).
      • Dictamen de gas emitido por una unidad de verificación (adjuntar en formato .pdf).
      • Dictamen de instalación eléctrica emitido por una unidad de verificación (adjuntar en formato .pdf).
      • Dictamen estructural emitido por el director responsable de obra o perito estructural (adjuntar en formato .pdf).
    • * Información adicional en planos
      • Cotas de los metros de construcción por cada área que integra el inmueble, cotas en cada puerta, área de cobertura de detectores de humo.
Introducción
Expandir/Contraer
  • Manual de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social expedido por la Unidad Interna de Protección Civil; que tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre, cuya vigencia será de un año y se mantendrá en vigor hasta que sea modificado, sustituido o cancelado.

Requisitos
Expandir/Contraer
  • En caso de ser Grado de Riesgo de Incendio Ordinario

    •    Programa Interno de Protección Civil (adjuntar en formato .pdf).
    •    Acta Constitutiva de la Unidad Interna de Protección Civil firmada por todos los brigadistas (adjuntar en formato .pdf).
    •    Plano(s) legible(s) con: 1. Datos generales, 2. Nombre y firma de quien lo elabora, 3. Colindancias, 4. Acotaciones, 5. Abatimientos de salidas, 6. Abatimientos de salidas de emergencia hacia el exterior, 7. Escalas 1:10, 1:100, 1:15, 1:150, 1:20, 1:200, 1:25, 1:250, 1:30, 1:300, 1:33 1/3, 1:40, 1:400, 1:50, 1:500, 1:125, 1:1250, 1:75, 1:750, 8. Altura, 9.Identificación de todas las áreas: identificar medios muros, dobles alturas, desniveles, áreas abiertas, áreas fuera de proyecto, 10. Extintores,11. Sistema de alarma, 12. Botiquín, 13. Ruta de evacuación, 14. Salida, 15. Salida de emergencia, 16. Punto de reunión, 17. Escalera, 18. Riesgo eléctrico. NOTA: La simbología de los puntos del 10 al 18, conforme la NOM-003-SEGOB-2011, NOM-026-STPS-2008 y las demás normas aplicables. 19. Sistema de detección de (de incendio), 21. Ubicación y capacidad de tanque de gas L.P. etc. 
    22. Si cuenta con albercas y/o chapoteaderos, deberá plasmarlo en plano, indicando: a) Dimensión de la alberca (s), b) Profundidad máxima, c) Horario de Servicio, d) Número de elementos salvavidas y anexar su respectiva acreditación (constancias, certificados, diplomados, etc.), e) Equipo de seguridad para albercas con el que cuenta NOTA: en caso de que la alberca sea un servicio adicional del establecimiento, deberá presentar método d vigilancia del área de la alberca.
    (adjuntar en formato .pdf).
    •    Hojas de datos de seguridad de productos químicos declarados en el listado de productos y/o materiales peligrosos; incluido el gas LP y/o natural, de contar con el servicio (adjuntar en formato .pdf).
    •    Evidencia de Capacitación vigente (1 año) en orifinal, o en su defecto, con firma autógrafa del capacitador en original (adjuntar en formato .pdf).
    •    Evidencia de Simulacros en el formato de DCS-002-04 (Cédula para la Evaluación de Simulacros) y anexar evidencia fotográfica (adjuntar en formato .pdf)
    •    Evidencia de Mantenimientos Preventivo y Correctivo a extintores, medios de detección de incendios, instalaciones eléctricas e instalaciones de gas (de contar con el servicio) (adjuntar en formato .pdf)
    •    Carta de corresponsabilidad firmada por la persona que elabora el Programa Interno de Protección Civil, así como el propietario y/o Representante legal del inmueble. (adjuntar en formato .pdf).
    •    Registro del tercer acreditado Consultor/Capacitador ante la Coordinación Estatal de Protección Civil, con firma autógrafa del consultor/capacitador, que autorice el uso de este. (adjuntar en formato .pdf).

    En caso de ser Grado de Riesgo de Incendio Alto


    •    Programa Interno de Protección Civil (adjuntar en formato .pdf).
    •    Acta Constitutiva de la Unidad Interna de Protección Civil firmada por todos los brigadistas (adjuntar en formato .pdf).
    •    Plano(s) legible(s) con: 1. Datos generales, 2. Nombre y firma de quien lo elabora, 3. Colindancias, 4. Acotaciones, 5. Abatimientos de salidas, 6. Abatimientos de salidas de emergencia hacia el exterior, 7. Escalas 1:10, 1:100, 1:15, 1:150, 1:20, 1:200, 1:25, 1:250, 1:30, 1:300, 1:33 1/3, 1:40, 1:400, 1:50, 1:500, 1:125, 1:1250, 1:75, 1:750, 8. Altura, 9.Identificación de todas las áreas: identificar medios muros, dobles alturas, desniveles, áreas abiertas, áreas fuera de proyecto, 10. Extintores,11. Sistema de alarma, 12. Botiquín, 13. Ruta de evacuación, 14. Salida, 15. Salida de emergencia, 16. Punto de reunión, 17. Escalera, 18. Riesgo eléctrico. NOTA: La simbología de los puntos del 10 al 18, conforme la NOM-003-SEGOB-2011, NOM-026-STPS-2008 y las demás normas aplicables. 19. Sistema de detección de (de incendio), 21. Ubicación y capacidad de tanque de gas L.P. etc. 
    22. Si cuenta con albercas y/o chapoteaderos, deberá plasmarlo en plano, indicando: a) Dimensión de la alberca (s), b) Profundidad máxima, c) Horario de Servicio, d) Número de elementos salvavidas y anexar su respectiva acreditación (constancias, certificados, diplomados, etc.), e) Equipo de seguridad para albercas con el que cuenta NOTA: en caso de que la alberca sea un servicio adicional del establecimiento, deberá presentar método d vigilancia del área de la alberca.
    (adjuntar en formato .pdf).
    •    Hojas de datos de seguridad de productos químicos declarados en el listado de productos y/o materiales peligrosos; incluido el gas LP y/o natural, de contar con el servicio (adjuntar en formato .pdf).
    •    Evidencia de Capacitación vigente (1 año) en orifinal, o en su defecto, con firma autógrafa del capacitador en original (adjuntar en formato .pdf).
    •    Evidencia de Simulacros en el formato de DCS-002-04 (Cédula para la Evaluación de Simulacros) y anexar evidencia fotográfica (adjuntar en formato .pdf)
    •    Evidencia de Mantenimientos Preventivo y Correctivo a extintores, medios de detección de incendios, instalaciones eléctricas e instalaciones de gas (de contar con el servicio) (adjuntar en formato .pdf)
    •    Carta de corresponsabilidad firmada por la persona que elabora el Programa Interno de Protección Civil, así como el propietario y/o Representante legal del inmueble. (adjuntar en formato .pdf).
    •    Registro del tercer acreditado Consultor/Capacitador ante la Coordinación Estatal de Protección Civil, con firma autógrafa del consultor/capacitador, que autorice el uso de este. (adjuntar en formato .pdf).
    •    Planos del sistema de fijo contra incendio y rociadores.
    a.    Tomas siamesas señalando el acceso de acuerdo a la capacidad de las máquinas de bomberos.
    •    Bitácoras de mantenimiento del sistema fijo contra incendios.
    •    Plano con detalle de Hidrante de banqueta conectado a la red municipal de agua.
    •    Memoria de cálculo del sistema fijo contra incendio con la curva específica de cada bomba, firmado en todas sus hojas por la persona que lo elabora.
    •    Dictamen de gas emitido por una unidad de verificación.
    •    Dictamen de instalación eléctrica emitido por una unidad de verificación.
    •    Estudio de Riesgo a Proteger. Este Estudio será necesario cuando se deba justificar el tipo de SCI que requiere el inmueble.

     

    *Información adicional en planos: Cotas de los metros de construcción por cada área que integra el inmueble, cotas en cada puerta, área de cobertura de detectores de humo.

Fundamento Jurídico
Expandir/Contraer
  • Ley General de Protección Civil
    Artículo 2 fracción XLI Programa Interno de Protección Civil
    Artículo 39 De los Programas de Protección Civil
    Artículo 40 De los Programas de Protección Civil

    Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua
    Artículo 5 fracción XVIII Programa Interno de Protección Civil
    Artículo 51 El Programa Interno de Protección Civil
    Artículo 52 Los inmuebles e instalaciones
    Artículo 53 Unidades hospitalarias
    Artículo 54 Presentación ante la autoridad
    Artículo 55 Implementación
    Artículo 57 Obligaciones

    Reglamento de la Ley General de Protección Civil
    Artículo 74
    Artículo 75
    Artículo 76

    Reglamento de Protección Civil del Municipio de Chihuahua
    Artículo 3 fracción XLIII Programa Interno de Protección Civil
    Artículo 65 Programa Interno de Protección Civil
    Artículo 66 Objetivo
    Artículo 67 Presentación ante la Coordinación
    Artículo 68 Acciones a apegarse
    Artículo 70 En caso de modificaciones
    Artículo 72 Unidades hospitalarias

    Nota: La información detallada de este Fundamento Jurídico se puede encontrar en la sección de Descargas/Enlaces.
     

Tipología o modalidades del trámite
Expandir/Contraer
  • Grado de Riesgo de Incendio Ordinario.
    Grado de Riesgo de Incendio Alto.

Quiénes pueden realizar el trámite
Expandir/Contraer
  • A petición del interesado, propietario del inmueble, responsable del inmueble, representante legal.

Documento que obtiene el usuario
Expandir/Contraer
  • Dictamen de Programa Interno de Protección Civil.

Cómo puede realizar el trámite
Expandir/Contraer
  • Presencial ante la Coordinación Municipal de Protección Civil.
    En línea, a través de Experta.

Tiempo de respuesta
Expandir/Contraer
  • 30 días hábiles para primera respuesta.

Costo
Expandir/Contraer
  • Grado de Riesgo de Incendio Ordinario:    $ 2,136.00
    Grado de Riesgo de Incendio Alto:    $ 7,063.00 
    Fundamento legal: Ley de Ingresos para el ejercicio 2026; apartado XIII
     

Órgano que resuelve
Expandir/Contraer
  • Coordinación Municipal de Protección Civil.

Procedimiento
Expandir/Contraer
    1. Generación de la solicitud.
    2. Revisión de documentos para determinar el Grado de Riesgo de Incendio.
    3. Generación de orden de pago.
    4. Comprobación de pago.
    5. Revisión de documentos y datos de la solicitud (anexar información descrita en guía técnica).
    6. Respuesta (positiva o con observaciones a subsanar).
    7. Revisión de dictamen para firma.
    8. Entrega de notificación y dictamen.
Notificación
Expandir/Contraer
    • En línea, vía correo electrónico registrado por el solicitante.
    • Presencial.
Vigencia
Expandir/Contraer
  • Un año.

Información adicional
Expandir/Contraer
  • Requisitos:

    • Presentar escrito dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, solicitando revisión de Programa Interno.

    NOTA: En el apartado de descargas/enlaces de este trámite puede consultar la guía que ofrece esta Coordinación Municipal de Protección Civil.

Ubicación de las oficinas y horarios
Expandir/Contraer
  • Coordinación Municipal de Protección Civil
    Ubicación: C. José Esteban Coronado No. 421, 
    Col. Centro   C.P. 31000
    Chihuahua, Chih. México.
    Teléfono: 072 Ext. 2812
    Correo electrónico: proteccioncivil@mpiochih.gob.mx  

    Horario:  lunes a jueves 08:30 a 15:30 horas viernes 08:30 a 14:00.

Sanciones
Expandir/Contraer
  • Amonestación, clausura temporal o clausura definitiva, multa, poner a disposición de la autoridad correspondiente, suspensión temporal, total o parcial, revocación de dictámenes.

Aviso de privacidad
Expandir/Contraer
  • Da click aquí para consultar el aviso de privacidad

URL del trámite
Expandir/Contraer
  • http://tramitesenlineacuu.mpiochih.gob.mx//web/inicioWebc.do?opcion=noreg&entidad=&redirige=d2ViL2ZpY2hhQXN1bnRvLmRvP29wY2lvbj0wJmFzYXNfaWRlX2FzdT0yNDUwJnJ1dGE9L3dlYi9hc3VudG9zTWFzVXN1YWxlcy5kbz9vcGNpb249MCFwZXJpb2RvPTA=

La información contenida en la presente hoja informativa, así como su actualización es responsabilidad de la dependencia o entidad municipal que la emite.
Ley General de Protección Civil
Expandir/Contraer
  • Artículo 2 fracción XLI

    Programa interno de protección civil

    Para los efectos de esta Ley se entiende por:

    XLI: Programa Interno de Protección Civil: Es un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

    Artículo 39

    De los Programas de Protección Civil

    El Programa Interno de Protección Civil se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

    Para la implementación del Programa Interno de Protección Civil cada instancia a la que se refiere el artículo siguiente, deberá crear una estructura organizacional específica denominada Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles.

    Para el caso de las unidades hospitalarias, en la elaboración del programa interno se deberán tomar en consideración los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro.

    Artículo 40

    De los Programas de Protección Civil

    Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social, a que se refiere el Reglamento de esta Ley, deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil.

    Dicho programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de esta Ley.

Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua
Expandir/Contraer
  • Artículo 5 fracción XVIII

    Programa interno de protección civil

    Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    XVIII. Programa Interno de Protección Civil: Instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social en el Estado o municipios; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

    Artículo 51

    El programa interno de protección civil

    El Programa Interno de Protección Civil, es aquel instrumento de planeación y operación, implementado en un inmueble público o privado, con el fin de establecer acciones preventivas para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender cualquier tipo de emergencia o desastre, brindando el auxilio inmediato necesario para salvaguardar la integridad física de los ocupantes, de las propias instalaciones, e información vital.

    Artículo 52

    Los inmuebles e instalaciones

    Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social, deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Protección Civil.

    Artículo 53

    Unidades hospitalarias

    Para el caso de las unidades hospitalarias, en la elaboración del programa interno se deberán tomar en consideración los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro, según lo establece la Ley General de Protección Civil.

    Artículo 54

    Presentación ante la autoridad

    Los inmuebles referidos en el presente Capítulo, presentarán ante la autoridad de protección civil correspondiente, el Programa Interno para revisión y autorización. En caso de que se realicen modificaciones en cuanto a la estructura del inmueble o la estructura de la Unidad Interna de Protección Civil, dicho programa quedará sin validez, por lo cual el responsable del inmueble deberá actualizarlo y presentarlo nuevamente a revisión y autorización.

    Artículo 55

    Implementación

    Para la implementación del Programa Interno de Protección Civil, cada instancia a la que se refiere el presente Capítulo, deberá crear una estructura organizacional específica denominada Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles. a fin de salvaguardar la integridad física y los bienes de las personas que acuden al inmueble.

    Artículo 57

    Obligaciones

    Los administradores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de inmuebles a los que se refiere el presente Capítulo, están obligados a cumplir con las medidas de seguridad establecidas en su Programa Interno de Protección Civil, y asegurarse que se cumplan todas las medidas que en este se contemplen, a fin de salvaguardar la integridad física y los bienes de las personas que acuden al inmueble.

Reglamento de la Ley General de Protección Civil
Expandir/Contraer
  • Artículo 74

    El Programa Interno de Protección Civil será de aplicación general y obligado cumplimiento a todas las actividades, centros, establecimientos, espacios e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social del país, que puedan resultar afectadas por Siniestros, Emergencias o Desastres.

    Los Programas Internos de Protección Civil podrán atender a alguno o varios de los siguientes criterios:

    1. Aforo y ocupación;
    2. Vulnerabilidad física;
    3. Carga de fuego, entendido como la magnitud del Riesgo de incendio que posee un inmueble o instalación;
    4. Cantidad de sustancias peligrosas;
    5. Condiciones físicas de accesibilidad de los servicios de rescate y salvamento;
    6. Tiempo de respuesta de los servicios de rescate y salvamento;
    7. Daños a terceros;
    8. Condiciones del entorno, y
    9. Otros que pudieran contribuir a incrementar un Riesgo.

    Artículo 75

    El Programa Interno de Protección Civil deberá estar por escrito y contener la Identificación de Riesgos y su evaluación, las acciones y medidas necesarias para su Prevención y control, así como las medidas de Autoprotección y otras acciones a adoptar en caso de Siniestro, Emergencia o Desastre.

    Artículo 76

    El contenido y las especificaciones de los Programas Internos de Protección Civil son los siguientes:

    1. Contenido:
      1. Plan operativo para la implementación de las Unidades Internas de Protección Civil:
        1. Subprograma de Prevención:
          1. Organización;
          2. Calendario de actividades;
          3. Directorios e inventarios;
          4. Identificación de Riesgos y su evaluación;
          5. Señalización;
          6. Mantenimiento preventivo y correctivo;
          7. Medidas y equipos de seguridad;
          8. Equipo de identificación;
          9. Capacitación;
          10. Difusión y concientización, y
          11. Ejercicios y Simulacros;
        2. Subprograma de Auxilio:
          1. Procedimientos de Emergencia, y
        3. Subprograma de Recuperación:
          1. Evaluación de daños, y
          2. Vuelta a la normalidad.
      2. Plan de Contingencias:
        1. Evaluación Inicial de Riesgo de cada puesto de trabajo;
        2. Valoración del Riesgo;
        3. Medidas y acciones de Autoprotección, y
        4. Difusión y socialización, y
      3. Plan de Continuidad de Operaciones:
        1. Fundamento legal;
        2. Propósito;
        3. Funciones críticas o esenciales;
        4. Sedes alternas;
        5. Línea de sucesión o cadena de mando;
        6. Recursos humanos;
        7. Dependencias e interdependencias;
        8. Requerimientos mínimos;
        9. Interoperabilidad de las comunicaciones;
        10. Protección y respaldo de la información y bases de datos, y
        11. Activación del plan, y
    2. Especificaciones:
      1. Constar por escrito;
      2. Estar redactado y firmado por personal competente, facultado y capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la Prevención y Autoprotección frente a los Riesgos a los que esté sujeta la actividad, y por el titular de la actividad, si es una persona física, o por el representante legal si es una persona moral;
      3. Aplicación de un programa anual de auto-verificación, que garantice la inspección y supervisión de su implementación;
      4. Considerar el aprovisionamiento de los medios y recursos que se precisen para su aplicabilidad;
      5. Evaluación del Programa Interno de Protección Civil para asegurar su eficacia y operatividad en situaciones de Emergencia, para lo cual se realizarán ejercicios de Simulacro, con distintas hipótesis de Riesgo y con la periodicidad mínima que fije el propio programa y, en todo caso, al menos dos veces al año;
      6. La realización de Simulacros tendrá como objetivos la verificación y comprobación de:
        1. La eficacia de la organización de respuesta ante una Emergencia;
        2. La capacitación del personal adscrito a la organización de respuesta;
        3. El entrenamiento de todo el personal de la actividad en la respuesta frente a una Emergencia;
        4. La suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados, y
        5. La adecuación de los procedimientos de actuación;
      7. Los Simulacros implicarán la activación total o parcial de las acciones contenidas en los procedimientos de Emergencia, planes de contingencia y plan de Continuidad de Operaciones contenidos en el Programa Interno de Protección Civil;
      8. De las actividades de seguimiento y mejora del Programa Interno de Protección Civil, se conservará la evidencia documental, así como de los informes de evaluación, verificación o inspección realizados, debidamente suscritos por el responsable del Programa Interno de Protección Civil;
      9. Tendrá una vigencia anual y deberá ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos años;
      10. Los componentes del Programa Interno de Protección Civil deberán ajustarse a las condiciones de Riesgo existentes en cada inmueble y, en su caso, deberán incorporarse las medidas de seguridad necesarias para los factores de Riesgo identificados en cada inmueble, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones locales correspondientes en materia de Protección Civil, y
      11. La vigilancia en el grado de cumplimiento del Programa Interno de Protección Civil recae en las Unidades de Protección Civil, a través de las autoridades con facultad para realizar visitas de inspección o verificación y, en su caso, imponer sanciones conforme a la normativa local.

Reglamento de Protección Civil del Municipio de Chihuahua
Expandir/Contraer
  • Artículo 2 fracción XXXIX

    Programa interno de protección civil

    Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

    XXXIX. Programa Interno de Protección Civil: Instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social en el municipio; que tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

    Artículo 53

    Programa interno de protección civil

    El Programa Interno de Protección Civil, es aquel instrumento de planeación y operación del cual son responsables, los titulares de inmuebles a los que se refiere el presente Reglamento, quienes están obligados a cumplir con las medidas de seguridad establecidas en su Programa Interno a fin de salvaguardar la integridad física y los bienes de las personas que se encuentren en el inmueble.

    Artículo 54

    Objetivo

    El objetivo del Programa Interno es establecer acciones preventivas para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender cualquier tipo de emergencia o siniestro, brindando el auxilio inmediato necesario para salvaguardar la integridad física de los ocupantes, de las propias instalaciones, e información vital.

    Artículo 55

    Presentación ante la coordinación

    Los (las) titulares de los inmuebles referidos en el presente Reglamento, deberán presentar ante la Coordinación, su Programa Interno de Protección Civil acompañado de copia de la licencia de construcción para revisión y su respectivo dictamen. Dichos inmuebles por obligatoriedad deben estar operando al momento de ingresar dicho programa a la coordinación.

    Artículo 56

    Acciones a apegarse

    El programa interno precisará las acciones de protección civil a las que deberán apegarse los ocupantes del inmueble y así como las acciones a cargo de las Unidades Internas que se establezcan en las dependencias, organismos, empresas o entidades que lo requieran, de conformidad con sus actividades y por la afluencia de personas que concurran o habiten en las edificaciones que administren.

    Artículo 58

    En caso de modificaciones

    En caso de que se realicen modificaciones en cuanto a la estructura del inmueble o al riesgo en las actividades que se realicen dentro del mismo, el programa previamente dictaminado quedará sin validez, por lo cual el titular del inmueble deberá actualizarlo y presentarlo nuevamente a revisión y su respectivo dictamen.

    Cuando el inmueble no sufra modificación estructural alguna y/o de riesgo en las actividades que se realicen dentro del mismo, el programa interno estará vigente.

    Artículo 59

    Implementación

    En caso de que se realicen modificaciones en cuanto a la estructura del inmueble o al riesgo en las actividades que se realicen dentro del mismo, el programa previamente dictaminado quedará sin validez, por lo cual el titular del inmueble deberá actualizarlo y presentarlo nuevamente a revisión y su respectivo dictamen. Cuando el inmueble no sufra modificación estructural alguna y/o de riesgo en las actividades que se realicen dentro del mismo, el programa interno estará vigente.

    Artículo 61

    Unidades hospitalarias

    Para el caso de las unidades hospitalarias, en la elaboración del programa interno se deberán tomar en consideración los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro, según lo previsto por la Ley General de Protección Civil.

Unidad Administrativa

Secretaría - Protección Civil

Carta de Servicios


Programa interno de protección civil - SRIA00049
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